El juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Laboral Nº 9 rechazó la acción iniciada por Mauricio Caranta contra el club. El jugador deberá indemnizar a Boca.

En la sentencia se resolvió la improcedencia del despido indirecto efectivizado por el jugador por haber sido enviado a entrenarse con la Reserva. El juez interviniente entendió que ello estaba dentro de las facultades de dirección y organización del club.

A su vez, el juez hizo lugar a la reconvención (contrademanda) iniciada por Boca en contra de Mauricio Caranta, debido a que el jugador dispuso la ruptura intempestiva e injustificada del contrato que lo unía con la institución. El arquero deberá pagar las costas del juicio y una indemnización a favor del club.

Fuente: Club Atlético Boca Juniors.